Resumen | |
[J] | Despido objetivo: resolución de la contrata en la que el trabajador prestaba parte de la jornada. Causas organizativas.(publicado en Actualidad Diaria 2447 el 16 de julio de 2013) |
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El trabajador demandante reitera mediante su escrito de casación para unificación de doctrina su pretensión de improcedencia del despido del que fue objeto con efecto de 15 de julio de 2011.De forma coetánea con la resolución de la contrata del servicio de conserjería que venía prestando el trabajador, la empresa procedió a la extinción del contrato de trabajo en virtud del art. 52 c) del Estatuto de los Trabajadores (ET ). El trabajador distribuía su jornada entre la contrata resuelta y la que la misma empleadora tenía con otra sociedad cliente. Invocaba la empresa causa "económico/productiva y organizativa" -según se plasma en el hecho probado segundo de la sentencia de instancia que recoge la literalidad de la expresión de la comunicación escrita dirigida al trabajador- y la sentencia del Juzgado de lo Social nº 6 de los de Alicante declaró la improcedencia por ser insuficiente la causa alegada. La
sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana de 12 de junio de 2012 (rollo 1046/2012 ) revoca la sentencia de instancia y declara justificado el despido porque, considerando acreditada la existencia de la causa, sostiene que "
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